Las prestaciones por maternidad que perciba una mujer de la Seguridad Social están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), según ha establecido el Tribunal Supremo en una sentencia a fecha 3 de octubre de 2018. El Tribunal Supremo ha determinado que las prestaciones por maternidad no tienen obligación de abonar el IRPF. Lo ha hecho al ratificar una sentencia
¿Cobraste la prestación por maternidad entre 2009 y Enero de 2012? Si es así, puedes solicitar la devolución del IRPF correspondiente a esa retribución. En Bufete Financiero y Fiscal te ayudamos con la documentación necesaria.