Recopilamos las ayudas de la Junta de Andalucía para autónomos, sean o no de alta nueva. Hay hasta tres líneas de subvenciones para aquellos trabajadores por cuenta propia que acrediten que su residencia y domicilio fiscal están en la región.
La Orden de 2 de Diciembre de 2016 que se ha publicado este mismo mes recoge la concesión de una serie de ayudas públicas a aquellas personas desempleadas que vayan a iniciar una actividad económica como autónomos y también a quienes ya estén establecidos como tales. El objetivo de esta iniciativa es, además de crear empleo, mantener el ya existente a través del fomento y consolidación del trabajo autónomo.
¿Quiénes podrán ser beneficiarios de estas subvenciones? Están destinadas a todos los trabajadores autónomos con residencia y domicilio fiscal en Andalucía. A continuación detallamos las tres áreas en las que se otorgan ayudas y los plazos para solicitarlas:
1) Fomento de la creación de empresas de autónomos
El plazo de solicitud va del 22 de Diciembre de 2016 hasta el próximo 23 de Enero de 2017.
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Medida 1.1 Fomento de iniciativas emprendedoras. Apta para nuevos autónomos que se den de alta desde el día 1 de Diciembre de 2016 y hasta el momento de presentación de la solicitud de la ayuda.
- Medida 1.2 Ayudas al establecimiento: Para autónomos que se hayan dado de alta desde el 1 de septiembre de 2014, siempre que no hayan resultado beneficiarios de las ayudas reguladas en la Ley 2/2015 de fomento y consolidación del trabajo autónomo.
2) Consolidación empresarial de los autónomos
El período para enviar las solicitudes está abierto hasta el día 5 de Enero de 2017.
Medida 2.1 Cooperación empresarial: Ayudas para la creación, implantación y desarrollo de proyectos de colaboración entre tres o más personas trabajadoras autónomas para la realización de actividades empresariales o profesionales conjuntas.
Medida 2.2 Relevo generacional: Apoyos para procesos de transmisión y continuidad de actividades empresariales y profesionales consolidadas.
Medida 2.3 Celebración de contratos en prácticas: Subvenciones para la formalización de contratos en prácticas profesionales o suscripción de acuerdos para el desarrollo de prácticas no laborales con jóvenes con cualificación suficiente y relacionada con la actividad económica del negocio, conforme a su titulación académica.
Medida 2.4 Ayudas a la competitividad: Apoyo a la continuidad del negocio del trabajador o trabajadora autónoma ya constituido. Se financia la inversión en activos que desarrollen proyectos de innovación y permitan el aumento de la competitividad como elemento de consolidación y fortalecimiento de la estructura empresarial.
Medida 2.5 Ayudas de continuidad: Financiación para aquellas personas trabajadoras autónomas que decidan cambiar de estrategia competitiva para el mantenimiento de su empleo, pudiendo suponer un cambio de la actividad económica desarrollada.
3) Creación y consolidación del empleo de los autónomos
El plazo de solicitud va del 22 de Diciembre de 2016 hasta el próximo 5 de Enero de 2017.
- Medida 3.1 Apoyo a la contratación por tiempo indefinido ordinaria: Se dará una subvención para cubrir hasta tres contrataciones indefinidas realizadas por cada persona trabajadora autónoma con personas menores de 35 años y mayores de 45 años, ambos inclusive.
- Medida 3.2 Apoyo a la transformación de contratos de duración determinada en indefinidos: Al igual que en el punto anterior, las ayudas son para tres contrataciones como máximo.
- Medida 3.3 Apoyo a la contratación de duración determinada para conciliar la vida personal, laboral y familiar: Ayudas a los contratos de interinidad realizados para sustituir a las personas trabajadoras autónomas o a las que trabajen por cuenta ajena para ellas, en los supuestos de riesgo durante el embarazo y períodos de descanso por maternidad, incluido el supuesto de cesión inicial al otro progenitor de dicho período de suspensión, adopción o acogimiento preadoptivo.
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