Una de las obligaciones de las sociedades mercantiles es la de registrar su actividad es una serie de libros oficiales. Te explicamos cómo actualizar y presentar de forma telemática toda esa documentación.
Todas las sociedades mercantiles están obligadas a tener actualizados y en orden varios libros oficiales. En concreto, desde el punto de vista mercantil son de obligada llevanza y mantenimiento los libros de actas y el libro de registro de socios.
- Los libros de actas recogen los acuerdos tomados en las juntas generales, especiales y órganos de dirección. Incluyen el detalle de los asuntos tratados, la convocatoria, los asistentes, las votaciones y los acuerdos adoptados.
- El libro de registro de socios, de la sociedad o de acciones contiene una relación de la identidad de los socios propietarios de las participaciones en la sociedad y la evolución o transferencia de éstas.
La instrucción del 12 de febrero de 2015 de la Dirección General de los Registros y del Notariado, que puedes consultar en este documento, unificó la forma de llevanza y presentación de los libros oficiales en el Registro Mercantil: con su entrada en vigor desapareció el soporte en papel, en todos sus formatos, respecto de los ejercicios abiertos a partir del 29 de septiembre de 2013 , es decir, dentro del ejercicio que comenzó el 1 de enero de 2014. Así es como desapareció la llevanza de forma manual de los libros oficiales, que estaba basada en una laboriosa transcripción.
Toda compañía debe analizar el estado en que se encuentran sus libros de actas y el registro de socios de su empresa para legalizarlos de pleno derecho y establecer el protocolo de actuación para cumplir con la obligación telemática de presentarlos correctamente.
¿Qué hacer si una empresa no tiene al día estas obligaciones?
Desde Bufete Financiero y Fiscal te recomendamos presentar los libros de actas y el libro registro de socios de los últimos cinco años. Recordemos que, como mínimo, cada sociedad limitada tendrá un acta cada año, ya que las Cuentas Anuales deben ser aprobadas anualmente por la Junta General Ordinaria de Socios.
Además cada modificación societaria (ampliación capital, disminución capital, cambio objeto o domicilio social, cambio administrador, etc.) debe dar lugar a un acta adicional. En cuanto al registro de socios, sería necesario presentar al menos un libro y adicionalmente otro cada año si es que se han realizado cambios en el accionariado.
En Bufete Financiero y Fiscal nos encargamos de poner al día esta obligación por una tarifa de 50€ por cada acta a legalizar dentro del libro de actas anual y otros 40€ por cada cambio accionarial a inscribir en el registro de socios.
Además, nuestros clientes actuales pueden adquirir un pack de 175€ (más IVA) que incluye la legalización del acta de aprobación de cuentas de los últimos cinco años y la legalización de un libro registro de socios. Si existen más actas a legalizar el coste se incrementaría en 30€ por acta y en caso de que haya que inscribir también cambios accionariales el coste se incrementaría en 25€ por cada cambio.
¿Necesitas ayuda para gestionar tus libros de empresa? Recuerda que en BFF que ser tu asesoría de confianza, estamos a tu disposición en el teléfono 950 251 300 y en nuestro correo electrónico, info@bufetefiscal.net. No olvides que te mantenemos al corriente de las últimas noticias en nuestras redes sociales: Facebook, LinkedIn y Twitter.