Desde Bufete Financiero y Fiscal os recordamos que todos los titulares de vehículos dedicados a una actividad profesional del transporte tienen derecho a un reintegro parcial del impuesto que se aplica sobre el gasóleo consumido. Te contamos cómo obtener la devolución del céntimo sanitario.
Hay varias regiones españolas que siguen aplicando el céntimo sanitario, creado en 2002. Es un impuesto que grava los carburantes y que también se conoce por sus siglas, IVMDH (Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos). Se aplica en el tramo autonómico por un importe máximo de 4,8 euros por litro y hay determinados casos en los que se puede acceder a una devolución del céntimo sanitario.
¿Quiénes tienen derecho a la devolución?
Según explica aquí la AEAT, pueden solicitarla quienes conduzcan vehículos de motor y conjuntos de vehículos acoplados destinados exclusivamente al transporte de mercancías por carretera, por cuenta ajena o por cuenta propia, y con peso máximo autorizado igual o superior a 7,5 toneladas.
La devolución del céntimo sanitario también incluye a los titulares de vehículos de motor destinados al transporte de pasajeros, regular u ocasional, incluidos en las categorías M2 o M3 recogidas en la Directiva 70/156/CEE del Consejo, de 6 de febrero de 1970. Lo mismo sucede con los taxis provistos de las preceptivas autorizaciones y de taxímetro.
¿Qué hacer para obtener la devolución del céntimo sanitario?
Los titulares de los vehículos deberán inscribirse en el censo de beneficiarios de gasóleo profesional y pagar con una tarjeta específica los repostajes realizados en una estación de servicio. Cuando se trate de suministros realizados en instalaciones de consumo propio, tendrán que informar sobre esas estaciones y presentar la relación de los suministros que realicen.
Éstos son los pasos que hay que seguir para acceder a ese reintegro y cómo elaborar dicha solicitud, explicado punto por punto en este enlace de la Agencia Tributaria:
- Presentar a la Administración Tributaria una solicitud en la que se identifique tanto el beneficiario titular del vehículo/s como su matrícula.
- Cuando se trate de transporte de mercancías por carretera, declarar el número de autorización concedida por el Ministerio de Fomento (Tarjeta de Transporte de Mercancías).
- Si hablamos de transporte de viajeros, deben informar del número de autorización de empresa para los vehículos a los que la normativa exige esta autorización.
- Los auto-taxis que no dispongan de tarjeta de transporte, deben indicar el número de autorización correspondiente a la licencia municipal y municipio al que corresponde.
- Siempre deben comunicar los datos de la entidad financiera y del código de la cuenta bancaria a la que la Agencia Estatal de la Administración Tributaria efectuará la transferencia de las devoluciones.
¿Existe alguna obligación para los beneficiarios del gasóleo profesional?
Todos los beneficiarios con derecho a devolución deberán presentar una declaración anual dentro del primer trimestre del año siguiente a la finalización del año natural informando del número de kilómetros recorridos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año a que se refiere la declaración, ajustada al formato electrónico: consúltalo en este formulario y aquí puedes encontrar más información sobre el céntimo sanitario.
Recuerda que el equipo de Bufete Financiero y Fiscal está a tu disposición para atender cualquier duda que te pueda surgir sobre la devolución del céntimo sanitario y en todo lo relacionado con asesoramiento fiscal. Atendemos tus solicitudes de información a través del formulario web, en el teléfono 950 251 300 y en el correo info@bufetefiscal.net. También te mantenemos al corriente de las últimas noticias en nuestras redes sociales: Facebook, LinkedIn y Twitter.