Contrato en prácticas

Nos encontramos ya en el ecuador de nuestro especial sobre contratos tras la Reforma Laboral, desde Bufete esperamos que este especial os esté resultando interesante y sobre todo os ayude en la selección de personal de vuestras empresas que tan importante es.

Esta semana analizamos los puntos más relevantes del CONTRATO FORMATIVO PARA LA OBTENCIÓN DE PRÁCTICA PROFESIONAL, o lo que es lo mismo el conocido “CONTRATO EN PRÁCTICAS”.

La realización de este contrato tiene como objetivo que el trabajador obtenga una práctica profesional adecuada a su nivel de estudios y a su vez la empresa pueda formar a un trabajador con cualificación adaptando esa formación al sistema de trabajo de la empresa.

  • Principales requisitos para su formalización:

El trabajador debe estar en posesión de un título universitario, máster profesional o formación profesional en grado medio o superior.

Ha de concertarse el contrato dentro de los tres años siguientes a la terminación de los correspondientes estudios (cinco años en caso de concertarlo con un trabajador con discapacidad).

No podrá suscribirse con quien haya obtenido experiencia profesional o haya realizado actividad formativa en la misma actividad por un tiempo superior a 3 meses.

La empresa deberá elaborar un plan formativo individual en el que se especifique el contenido de la práctica laboral y asignación de un tutor en la empresa para el correcto cumplimiento del objeto del contrato.

  • Duración

No podrá ser inferior a seis meses ni exceder del año y tendrá un período de prueba de un mes.

  • Retribución

Será la fijada en convenio colectivo aplicable a la empresa para estos contratos o en su defecto la del grupo profesional, pero en ningún caso puede ser inferior al salario mínimo interprofesional, es decir, no puede ser inferior a 1167 euros brutos X 12 pagas o 965 euros brutos si lo retribuimos en 14 pagas.

  • Bonificaciones

Si la empresa concierta este contrato con un trabajador con algún tipo de discapacidad tendrá derecho a una bonificación del 50% de la cuota empresarial por contingencias comunes vía seguros sociales.

Veamos una simulación de costes en seguridad social para ambos casos:

 

Coste administrativo en convenio despachos de arquitectura con discapacidad física del 33% que percibe 1167 euros brutos durante el contrato en prácticas.

 

 

Coste administrativo convenio despachos de arquitectura sin discapacidad

 

Otra de las bonificaciones a tener en cuenta es la que podremos aplicar una vez finalice el contrato de prácticas y este se transforme en indefinido:

  • 41,67 euros mensuales (500 euros/año) durante 3 años para contratos celebrados con hombres.
  • 58,33 euros mensuales (700 euros/año) durante 3 años para contratos celebrados con mujeres.

 

Semanas anteriores hemos hablado de los contratos temporales que son los que mas interés generan entre las empresas, el contrato de formación en alternancia que ya dijimos que era el de los más ventajosos económicamente y la semana próxima hablaremos de los contratos indefinidos en el sector de la construcción.

 

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