¿Sabes qué tipo de riesgos amenazan el funcionamiento de tu empresa? Todo negocio -especialmente las pymes- necesita contar con un seguro a su medida, que incluya coberturas que le protejan ante los riesgos específicos de su sector. Te contamos cómo elegir el más adecuado de entre todos los seguros disponibles.
Ninguna empresa está completamente a salvo de amenazas, pero hay algunos mecanismos que nos permiten asegurar el negocio frente a riesgos sobre el patrimonio (activos materiales e inmateriales que posee una empresa), seguros de responsabilidad frente a terceros (relacionados con la actividad de la empresa, las de sus empleados, sus productos o servicios); riesgos sobre la cuenta de resultados (desde un ‘parón’ tras un accidente o siniestro grave a posibles impagos de ventas que realizadas a crédito)…
En términos muy generales, los riesgos a los que está expuesta casi toda empresa y que, por lo tanto, deberían estar cubiertos por un seguro son los siguientes:
- Incendio y riesgos complementarios
- Robo y expoliación
- Rotura de maquinaria y avería de equipos electrónicos
- Lucro cesante: pérdida de una ganancia legítima o de una utilidad económica como consecuencia del daño, y que no se habría producido si el evento dañino no hubiera tenido lugar
Mención aparte merecen los seguros de responsabilidad civil, que cubren los daños que sufren terceras personas derivados de la actividad de la empresa, y que pueden ser de estos tipos:
- Responsabilidad Civil Locativa: Se trata de la responsabilidad en que incurre el arrendatario del inmueble en el que se desarrolla la actividad empresarial, cuando se producen daños derivados de incendio, explosión o la
acción del agua - Responsabilidad Civil de Explotación: Consiste en la responsabilidad en la que incurre el empresario por el desempeño de la propia actividad empresarial, por los siguientes conceptos, entre otros:
- Responsabilidad Civil Subsidiaria: La empresa puede ser responsable de los actos de personas que, no siendo empleados de la empresa, ésta sí se sirva de ellos para el ejercicio de la actividad, como es el caso de subcontratas y sus empleados
- Responsabilidad Civil Patronal: Es la responsabilidad en que incurre el empresario en caso de que se produzcan lesiones o fallecimiento de sus empleados por incumplir alguna de las medidas de seguridad e higiene en el trabajo.
- Responsabilidad Civil de Productos: Se cubren los daños derivados por el uso, manipulación o simple tenencia de los productos de la empresa o por errores en las instrucciones de montaje, utilización o consumo.
- Responsabilidad Civil de Trabajos y Servicios Prestados: Se cubren los daños a terceros producidos por el uso y existencia de los bienes que han sido fruto de los trabajos o servicios prestados una vez terminados y puestos a disposición del cliente.
Además existe un epígrafe aparte que recoge lo que denominamos riesgos extraordinarios: fenómenos de la naturaleza, actos de terrorismo, o cualquier consecuencia de una actuación de las Fuerzas Armadas en tiempo de paz. Se puede consultar toda información al respecto en el Consorcio de Compensación de Seguros, antes llamada Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras (CLEA).
PÓLIZAS MULTIRRIESGO
Con tantas opciones y posibilidades, las pólizas multirriesgo constituyen una respuesta para muchas pymes, ya que reúnen en un solo contrato varias garantías, generalmente a un coste menor que un seguro específico.
Por un lado, no debemos preocuparnos de contratar todos y cada uno de los riesgos que nos afectan, cayendo en olvidos involuntarios, pero que pueden provocar consecuencias económicas graves
Y, por otro, al reunir en un solo contrato lo que se haría en diferentes pólizas de seguro, nos ahorramos los costes administrativos y de gestión de dichas pólizas, a abonar a la entidad aseguradora, con lo que el precio de este seguro multirriesgo es menor que la suma de los precios de las pólizas de cada uno de los ramos de seguro, para los mismos riesgos y cuantías cubiertos.
Además, de entre los seguros genéricos que afectan a una empresa, se pueden citar los siguientes:
- Seguro de crédito: es una modalidad de seguro que cubra la falta de pago de los deudores que han sido declarados en situación de insolvencia. Estos seguros existen dado que esa calificación de insolvencia no es inmediata y una pyme necesita circulante para seguir con su actividad normal: en un tiempo que suele ser de seis meses, la entidad aseguradora abona al asegurado el 50% del importe de la deuda en concepto de adelanto, hasta que se produzca la liquidación definitiva de la indemnización. En este caso el precio del seguro para cada empresa es distinto, pues va a depender de la solvencia que acredite cada uno de sus clientes.
- Seguro de caución: se da en el escenario opuesto al que acabamos de detallar: el asegurador se obliga a indemnizar al asegurado por los perjuicios que sufra en caso de que el tomador del seguro incumpla las obligaciones, legales o contractuales, que mantenga con éste. La aseguradora adelanta el importe de la deuda contraída por el asegurado, sin que esto suponga éste quede, en ningún momento, exonerado del pago de la misma.
El equipo de Bufete Financiero y Fiscal a través de su colaboración con Garcia y Trinidad está a tu disposición para asesorarte si estás planteándote contratar cualquier póliza de seguros. Recuerda que atendemos tus dudas y solicitudes de información a través del formulario web, en el teléfono 950 251 300 y en el correo info@bufetefiscal.net. También te mantenemos al corriente de las últimas noticias en nuestras redes sociales: Facebook, LinkedIn