La ley 11/2021, de medidas contra el fraude fiscal, aprobada el 11 de julio de 2021, prohíbe el software contable de doble uso que permite manipular la contabilidad en las empresas y autónomos.
A partir del 11 de octubre de 2021, los productores, comercializadores y usuarios están obligados a utilizar software contable, de facturación y de gestión que no permita alteraciones y ocultación de datos.
Estos programas además deberán contar con un certificado que si lo acredite otorgado por el Ministerio de Hacienda. En caso de que el programa utilizado no disponga de certificado, la multa podría ser de 50.000 euros.
Estas sanciones pueden llegar hasta 150.000 euros en los casos en que se oculten ingresos y no se cumplan las especificaciones técnicas señaladas.
Llevar la contabilidad de forma correcta y ajustada a la realidad es una responsabilidad básica en todo negocio. Sin embargo, hay quien recurre al software de doble uso para manipular los números con el fin de esquivar el pago de impuestos.
¿Qué son los programas de doble uso?
Los programas de doble uso permiten llevar una doble contabilidad. Los mas desarrollados admiten incluso la posibilidad de emitir tickets con el importe integro de una compra, pero sin que esta quede reflejada en la contabilidad oficial.
Hacienda calcula que hasta 200.000 millones de euros se vienen ocultando a la Agencia Tributaria mediante la utilización de estos programas que permiten crear una caja B con la que evadir impuestos.
Sanciones
El incumplimiento de dicha obligación constituirá una infracción grave.
Los profesionales que los usen en su negocio, o todavía no los hayan desinstalado, incurrirán en multas de hasta 50.000 euros.
Además, esta sanción se podría triplicar en los casos en que se oculten ingresos. Los autónomos podrían incurrir en multas de hasta 150.000 euros por cada ejercicio económico en el que se hayan producido las ventas ocultas.
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