La nueva Ley de Autónomos, recién aprobada, recoge una serie de reformas urgentes y pretende dar respuesta a las principales reivindicaciones de este colectivo. Te contamos todas las medidas, tanto las que afectan a los nuevos autónomos como las que tienen que ver con trabajadores por cuenta propia más veteranos.
La Ley de Autónomos llegó al Senado después de un largo proceso de debate y de haber sido aprobada por unanimidad en el Congreso de los Diputados. Su entrada en vigor coincide con los 10 años de vigencia del Estatuto del Trabajo Autónomo, otra de las normas clave para los trabajadores por cuenta propia.
A grandes rasgos, este nuevo texto aumenta la protección social, mejora las condiciones para emprender y reengancharse si nos hemos visto obligados a cesar la actividad. Algunas de las medidas entrarán en vigor el día 1 de Enero de 2018 y el resto lo están desde que se publicó la nueva Ley de Autónomos en el BOE, el pasado 25 de Octubre.
Medidas fiscales (a partir de 2018)
- Se amplía la tarifa plana de 50 euros: los nuevos autónomos -o aquéllos que no lo hayan sido en los dos últimos años- podrán acogerse a ella un año entero. Si han pasado más de tres años desde que estuvieron dados de alta, también podrán optar a esta tarifa. Lo mismo sucederá con mujeres autónomas que se reincorporen -en un margen de dos años- tras la maternidad, adopción o acogimiento. Además madres y padres estarán exentos de pagar su cuota durante el período de baja.
- Se ha aprobado la exención del 100% de la cuota de autónomos durante un año para el cuidado de menores o dependientes.
- Las bonificaciones de la tarifa plana se extienden hasta los 24 meses; después de un año pagando 50€, los seis meses siguientes tienen una reducción del 50% y los últimos 6 meses, del 30%.
- Se reducen los recargos por retraso en los pagos a la Seguridad Social a la mitad: pasan del 20% al 10% en el primer mes.
- Los autónomos podrán deducirse un 30% de los gastos de suministros, como el agua, la luz y telefonía, siempre que se trabaje desde casa.
- Se podrán deducir 26,67 euros diarios en el IRPF por gasto en comida, cuando afecta directamente a la actividad en territorio español. En el extranjero, dicha deducción asciende a 48€/día.
Medidas sobre cotizaciones
- Los autónomos sólo pagarán desde el día efectivo que se dan de alta o de baja en el RETA y no todo el mes como hasta ahora.
- También podrán darse tres veces de alta y baja en el mismo año.
- Tendrán la posibilidad de cambiar hasta cuatro veces en el mismo año su base de cotización, en función de sus intereses e ingresos.
- Se devolverá el exceso de cotización de los trabajadores con pluriactividad sin que tengan que solicitarla.
- Un autónomo podrá cobrar el 100% de la pensión y seguir trabajando si tienen al menos un trabajador a su cargo.
- La cuota de los autónomos societarios ya no subirá automáticamente en función de lo que se eleve el salario mínimo interprofesional: dependerá de lo que se determine en los presupuestos generales del Estado (PGE) después de negociarlo con las asociaciones de autónomos más importantes.
Formación y prevención de riesgos laborales
- Los trabajadores por cuenta propia podrán acceder a una formación adaptada a sus necesidades, con el fin de mejorar su competitividad y consoliden su actividad empresarial.
- En prevención de riesgos laborales se reconoce el accidente in itinere (es decir, de ida o de vuelta al puesto de trabajo) en los profesionales autónomos, siempre que no coincida con su domicilio.
¿Tienes alguna duda sobre tus gestiones como trabajador por cuenta propia, tenga o no que ver con la nueva Ley de Autónomos? Recuerda que en BFF queremos ser tu asesoría en Almería, estamos a tu disposición en el teléfono 950 251 300 y en nuestro correo electrónico, info@bufetefiscal.net. No olvides que te mantenemos al corriente de las últimas noticias en nuestras redes sociales: Facebook, LinkedIn y Twitter.