Lotería de Navidad, décimos compartidos

La Lotería de Navidad es una de las tradiciones más extendidas en esta fecha. En España se gastan una media de 61 euros en lotería de Navidad. Parte de este dinero se destina a décimos compartidos. Los décimos compartidos también pagan impuestos, como el resto de la lotería.

Sin embargo, la fiscalidad de los décimos compartidos es un poco diferente a la de un décimo que sea de una sola persona. El motivo es que lo cobrarán varias personas y esto afecta a la forma en la que se pagarán los impuestos de la Lotería de Navidad y en general de cualquier otro premio.

¿Cómo tributa la Lotería de Navidad?

Para entender los impuestos que pagas por un décimo compartido primero hay que tener claro cómo funcionan los impuestos de la Lotería de Navidad.

De forma resumida, existen un mínimo exento que no paga impuestos. Una vez se supera esa cantidad, habrá que pagar en la renta un 20% del dinero restante. Para facilitarlo, Hacienda retiene directamente esa cifra, de forma que al hacer la declaración de la renta bastará con informar al fisco.

La cantidad exentas de tributar por la lotería es de 40.000 euros en 2020. La cantidad del premio que supere esa cifra tributará al 20%.

 

¿De quién es el décimo compartido?

La fiscalidad de los décimos compartidos no es diferente a la de cualquier otro décimo en términos generales. Lo que sí cambia es el reparto y cómo se realiza.

Los décimos de lotería son en realidad títulos al portador. Esto significa que a efectos legales el premio lo recibe y es de quien lo tiene en su poder. Es decir, que a todos los efectos quien guarda el décimo es el ganador y no el resto de personas que lo compraron con él.

Por eso mismo es importante dejar constancia de que el décimo está compartido para evitar después problemas si resulta agraciado. Una forma sencilla de hacerlo es con un escrito firmado por todos los que lo comparten.

¿ Cómo tributan los décimos compartidos?

Reflejar que el premio está compartido sirve para no tener problemas en el reparto. Si además no queréis tenerlos con Hacienda hay otra cosa más que debéis hacer. Es imprescindible que vayáis todos a cobrar el premio. Esta es la mejor forma de acreditar que el premio es compartido y que debe repartirse entre más de una persona.

Esta es la manera idónea de que Hacienda sepa que es un décimo compartido y que debe tributar como tal.

En este sentido, la Agencia Tributaria aplicará la norma que ya hemos visto para todo el décimo. A partir de ahí cada uno de vosotros tributaréis de forma proporcional a vuestra parte del premio.

A modo de ejemplo, imaginemos qué pasaría con el Gordo de Navidad, cuántos impuestos se pagan por un décimo compartido entre cuatro personas y premiado con 400.000 euros.

En ese caso Hacienda aplicará la normativa general. Los primeros 40.000 euros estarán exentos de impuestos y los 360.000 restantes tributarán al 20%. Esto quiere decir que los cuatro amigos se repartirán 328.000 euros entre ellos y que cada uno percibirá 82.000 euros.

Y es que Hacienda ya se encarga de restar directamente los impuestos que hay que pagar por el décimo compartido a cada uno de los ganadores. Así al hacer la renta sólo habrá que informar de la retención que os han practicado a cada uno.

¿Qué pasa con Hacienda si lo cobra una persona y después reparte el dinero entre el resto?

Este es un error muy repetido al cobrar décimos de navidad compartidos. Cuando una sola persona cobra todo y después la reparte, Hacienda entiende que ella es la única ganadora del premio.

Esto implica que después el resto de personas que comparten el décimo premiado tendrán que justificar ante Hacienda la procedencia de ese dinero. En este punto Hacienda puede actuar de tres formas distintas:

Aceptar las explicaciones y entender que el dinero es del décimo premiado.
No aceptar las explicaciones y computar ese dinero como una ganancia patrimonial que se sumará al resto de ingresos al hacer la renta.
No aceptar las explicaciones y entender que se trata de una donación, en cuyo caso quien recibe el dinero tendrá que pagar en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
En los dos últimos supuestos, quienes reciben el dinero de quien lo cobró tendrán que sumar a los impuestos que ya ha cobrado Hacienda (el 20% que hemos indicado) lo que le cobren vía IRPF o donaciones.

En resumen y siguiendo con el ejemplo anterior, no percibirá 82.000 euros, sino mucho menos. Por eso es importante acreditar cuándo un décimo de Navidad es compartido.

Recuerda que en Bufete Financiero y Fiscal, como asesoría en Almería,  estamos a tu disposición para darte más información y ayudarte a cumplir con tus obligaciones. Puedes contactar con nosotros usando el formulario web, el teléfono 950 251 300 o a través de nuestro correo, info@bufetefiscal.net. Te mantendremos alerta respecto al vencimiento de plazos y presentaciones de documentación en nuestras redes sociales: FacebookLinkedIn y Twitter