El hecho de que no se haya aprobado una Ley de Presupuestos para 2017 ha provocado una prórroga de las medidas establecidas en 2016 en cuanto a las bases de cotización y las cuotas a la Seguridad Social. Éstas son las novedades:
Esta prórroga automática está contemplada en el artículo 134.4 de la Constitución Española y los mantendrá así hasta la aprobación de los nuevos PGE. Hay dos cuestiones clave para determinar las bases de cotización de los trabajadores del régimen general:
- Han aplicado el Real Decreto-ley 3/2016 y esto ha provocado que tanto las bases máximas se hayan incrementado en un 3% en varios regímenes.
- El aumento de un 8% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) ha conllevado un aumento en la misma proporción de los topes y bases mínimos de cotización, tal y como recoge el Real Decreto 742/2016. En la práctica este aumento sólo va a llegar a los trabajadores que cobraban menos de 707,70 €/mes en 14 pagas, que es el actual SMI establecido. No obstante, la gran mayoría de los convenios tomarán este año como referencia el SMI de 2016, fijado en 655,20 €/mes en 14 pagas.
BASES MÍNIMAS Y MÁXIMAS EN EL RÉGIMEN GENERAL
En el siguiente cuadro, recogido en el BOE, figuran tanto los grupos de cotización como las categorías profesionales con sus correspondientes mínimos y máximos:
LA BASE MÍNIMA PARA AUTÓNOMOS, ‘CONGELADA’ EN 2017
¿Qué hay de los autónomos? Los trabajadores por cuenta propia van a ver ‘congelada’ provisionalmente su base mínima general este año, que se mantiene en 893,10 €, la misma cifra que en 2016. La base máxima está fijada en 3.751 €/mes, un 3% más que en 2016.
Es importante recordar que la gran mayoría de autónomos españoles (en torno a un 80%) cotizan por la base mínima: si ésta acabase incrementándose un 3% en los futuros PGE, quedaría fijada en 954,55 € y conllevaría un incremento equivalente en la cuota a ingresar en la Seguridad Social. De existir, ese aumento debería repercutir en una cobertura mejor en caso de accidente o enfermedad laboral y, a largo plazo, en una mejora de las pensiones futuras.
Quienes sí están notando ya un aumento del 8% en sus bases son los autónomos societarios, en torno a un millón, que están incluidos en la regla general que hemos expuesto al comienzo del texto, dentro de los regímenes de la Seguridad Social.
Para acceder al BOE con el texto completo, haz clic aquí: Orden ESS/106/2017, de 9 de febrero. Contiene las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2017.
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